¿Tienes una vivienda vacía? Hasta 30.000 € por rehabilitarla y alquilarla

Actualizado el 16 de octubre de 2026

Información elaborada por el Equipo Ayudas Para Vivienda. Consulta siempre la convocatoria oficial antes de solicitar una ayuda.

En este artículo

España tiene viviendas vacías y, a la vez, miles de personas que no encuentran un alquiler asequible. Si eres propietario de un piso o una casa que lleva años cerrada porque necesita obras, el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 prevé una ayuda para rehabilitarla a cambio de alquilarla después a un precio limitado: hasta 30.000 € por vivienda, y hasta 35.000 € en municipios pequeños. No es dinero gratis, ni se concede de forma automática, pero puede convertir una casa que no rinde nada en un ingreso estable. Te explicamos qué exige exactamente y qué debes valorar antes de pedirla.

Qué es esta ayuda

Forma parte del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, regulado por el Real Decreto 326/2026, y se concreta mediante convocatorias de las comunidades autónomas. Según la nota informativa del Colegio de Aparejadores, existe una línea específica para viviendas vacías que se destinen a alquiler social o asequible. Las cuantías estatales funcionan como marco máximo: cada comunidad decide si abre convocatoria, con qué plazos y con qué presupuesto. Puedes ver el plan completo en nuestro artículo sobre el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.

Cuánto dan

ÁmbitoAyuda máxima por vivienda
Vivienda vacía rehabilitada para alquiler social o asequibleHasta 30.000 €
Mismo caso, en municipios o núcleos de 10.000 habitantes o menosHasta 35.000 €
Ayuda adicional por protección patrimonial (edificios protegidos)Hasta 30.000 €, sin superar el coste de la actuación

Son importes máximos. La ayuda real depende del coste de la obra y de lo que fije la convocatoria de tu comunidad. Si la reforma cuesta 18.000 €, no vas a cobrar 30.000 €: la ayuda no puede superar el coste de la actuación.

Cocina de una vivienda en reforma
Cocina en reforma. La ayuda cubre rehabilitar la vivienda, pero exige que haya estado vacía al menos dos años antes de la concesión. Foto: Valentin Ivantsov (Pexels).

Requisitos para pedirla

  • La vivienda debe haber estado vacía al menos dos años antes de la concesión. Lo determina el criterio de la comunidad autónoma o, si no lo hay, se acredita con los consumos.
  • Obras de rehabilitación con documentación técnica. Se exige memoria o proyecto, justificación energética y acreditación de los costes.
  • Destino a alquiler social o asequible tras la rehabilitación, durante cinco años.
  • Renta limitada: las rentas se fijan con el Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler.
  • Constancia registral: el destino debe constar por nota marginal en el Registro de la Propiedad.

Si la actuación forma parte de una rehabilitación más amplia de un edificio, puede exigirse además el Libro del Edificio Existente cuando sea obligatorio.

A qué te comprometes a cambio

Esta es la parte que conviene leer despacio. Recibir la ayuda tiene contrapartidas:

  • Cinco años de alquiler social o asequible. La vivienda debe destinarse a ese uso durante todo el periodo, no puedes volver a dejarla vacía.
  • No podrás poner el precio que quieras. La renta se limita según el sistema estatal de referencia.
  • La obligación queda anotada en el Registro de la Propiedad. Un futuro comprador la verá.

Antes de firmar nada, piensa si el alquiler que podrías cobrar compensa la obra y el compromiso. Si dudas, un asesor jurídico o un gestor de rehabilitación puede ayudarte a calcularlo.

Cómo demostrar que la vivienda está vacía

La nota del Colegio de Aparejadores indica que la vivienda debe haber estado vacía al menos dos años antes de la concesión, según el criterio autonómico o, en su defecto, mediante acreditación de consumos. En la práctica, conviene reunir:

  • Facturas de luz y agua de los últimos dos años que muestren consumos mínimos o nulos.
  • Certificado de empadronamiento histórico del inmueble, si la convocatoria lo pide.
  • Cualquier documento que acredite que no ha habido alquiler ni uso en ese periodo.

Esto son ideas prácticas, no requisitos oficiales: cada comunidad define qué documentos acepta. Pregunta primero qué criterio aplica la tuya.

Habitación luminosa en reforma con suelo laminado
Habitación en reforma con suelo laminado. Tras las obras, la vivienda debe destinarse a alquiler social o asequible durante cinco años. Foto: Ksenia Chernaya (Pexels).

Qué obras puedes hacer

El Plan Estatal prioriza la rehabilitación que mejora la seguridad, la habitabilidad, la accesibilidad y la eficiencia energética. Una obra típica en una vivienda que lleva años cerrada incluye instalaciones eléctricas y de agua, aislamiento, ventanas, cocina y baño, y a veces refuerzos estructurales. Si una parte de la actuación es de accesibilidad, ten en cuenta que existen importes específicos para ello dentro del mismo Plan Estatal.

Qué hacen algunas comunidades

Según un repaso de El Español sobre ayudas para reformar viviendas en pueblos pequeños, algunas comunidades ya tienen programas con cifras propias. Estos datos proceden de prensa, así que conviene contrastarlos en la convocatoria oficial:

  • Castilla-La Mancha: hasta el 80 % del coste de rehabilitación, con un máximo de 60.000 €, cuando la vivienda se destina a alquiler asequible.
  • Aragón: entre 50.000 y 60.000 € por vivienda en municipios de menos de 3.000 habitantes, para alquiler público, con un presupuesto de 52,5 millones.
  • Extremadura: entre el 50 % y el 70 % en municipios de hasta 10.000 habitantes, con un máximo de 14.000 € por vivienda unifamiliar.

Si tu vivienda está en un pueblo, merece la pena comparar estas cifras con las del Plan Estatal. Y si te interesa el lado del inquilino, tienes nuestro artículo sobre casas en pueblos de España.

Si tu vivienda no cumple los requisitos

Puede que tu casa no lleve dos años vacía, o que prefieras vivir en ella tras reformarla. En ese caso hay otras vías: las ayudas generales de rehabilitación que explicamos en nuestra guía de ayudas para rehabilitar vivienda, las ayudas de accesibilidad si en el inmueble vive una persona con movilidad reducida, y las deducciones fiscales por obras de eficiencia energética. Cada una tiene sus propios requisitos, así que compara antes de decidir.

Paso a paso

  1. Comprueba si tu comunidad ha abierto convocatoria para vivienda vacía y rehabilitación. Mira plazos, presupuesto y municipios incluidos.
  2. Reúne la prueba de que está vacía (consumos, empadronamiento) durante al menos dos años.
  3. Encarga una memoria o proyecto técnico con justificación energética y presupuesto de las obras.
  4. Valora el compromiso de alquiler de cinco años y la renta máxima que podrás cobrar.
  5. Presenta la solicitud en plazo y, si hay condición de no iniciar obras antes, respétala.
  6. Tras la obra, formaliza el alquiler y la nota marginal en el Registro de la Propiedad.
Estancia de una vivienda en obras
Estancia en obras. El destino de alquiler debe constar mediante nota marginal en el Registro de la Propiedad. Foto: Pavel Danilyuk (Pexels).

¿Merece la pena? Pros y contras

  • A favor: reduces el coste de una reforma que, sin ayuda, quizá no harías; conviertes una vivienda inactiva en una fuente de ingresos; el alquiler asequible suele tener demanda.
  • En contra: compromiso de cinco años; renta limitada; burocracia (proyecto, justificaciones, registro); y la ayuda depende de que tu comunidad abra convocatoria y haya presupuesto.

Una regla útil: haz cuentas con el alquiler máximo que podrías cobrar durante cinco años, resta la parte de la obra que no cubre la ayuda y compáralo con lo que ganarías vendiendo o dejando la casa cerrada. Si sale a cuenta, adelante.

Preguntas frecuentes

¿Puedo vivir yo en la vivienda? No: la ayuda va ligada a destinarla a alquiler social o asequible durante cinco años.

¿Hace falta ser pequeño propietario? La nota que hemos consultado no limita por tamaño del propietario. Revisa las bases de tu comunidad.

¿Es lo mismo que el programa de vivienda en pueblos? No exactamente: aquí hablamos del Plan Estatal; las comunidades añaden programas propios, como los que cita El Español.

¿Quién gestiona la ayuda? Las comunidades autónomas, por convocatorias y convenios con el Ministerio. Pueden intervenir gestores de rehabilitación que tramitan la ayuda por ti.

¿Puedo cobrar la ayuda antes de empezar las obras? Depende de la convocatoria. Consulta en las bases si se paga antes o después de justificar la obra.

Conclusión

La ayuda para rehabilitar viviendas vacías y alquilarlas es una de las más interesantes para propietarios que tienen una casa sin uso, pero exige conocer bien el compromiso: cinco años de alquiler limitado y una anotación en el Registro. Si encaja con tu situación, vigila las convocatorias de tu comunidad y ve preparando la documentación mientras tanto.

Fuentes

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